Institucional

AR LC/FT/FPADM

Administración del Riesgo de LC, FT y FPADM.

"Gestión de Administración del Riesgo de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM) y otros ilícitos en Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A."

Marco Legal que regula la materia en Venezuela

En Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., la Administración del Riesgo de LC/FT/FPADM y otros ilícitos, representa un aspecto de atención importante, como "Sujeto Obligado" de las Leyes siguientes:

  1. Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDO/FT), publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.912 en fecha 30/04/12.
  2. Ley Orgánica de Drogas, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.510 en fecha 15/09/10, reimpresa en la Gaceta Oficial Nro. 39.546 en fecha 05/11/10.
  3. Decreto Ley de Mercado de Valores, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 6.211 E en fecha 30/12/15.

También forman parte del marco regulatorio que rige la materia: La Providencia Nro. 025 de fecha 17/03/25, mediante la cual se dictan las "Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos relacionados con los Delitos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y otros ilícitos, aplicables a los sujetos obligados por la Superintendencia Nacional de Valores" (SUNAVAL), publicada en la Gaceta Oficial Nro. 43.096 del 27/03/25; Resolución Conjunta DM/Nro. 017 y DM/Nro. 006 ambas de fecha 01/04/25, emanadas de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y de Economía y Finanzas, respectivamente, donde se establecen los mecanismos de cumplimiento orientados a la designación, exclusión y aplicación de medidas provisionales de conformidad con lo previsto en las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (en lo adelante las RCSNU); Circular Nro. UNIF-DDG-DSU-06915 de fecha 11 de noviembre 2025, contentiva de las "Normas para la Aplicación de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (RCSNU) para el Bloqueo Preventivo de Bienes u Otros Activos relacionados con el Terrorismo, su Financiamiento y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva" y Circular Nro. UNIF-DDG-DSU-001774 referente a la "Negativa de prestar servicio y obligación de informar a la UNIF" emanada de la UNIF en fecha 22/05/2024.

Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., cuenta con una estructura eficiente para Administrar y Fiscalizar de forma integral el Riesgo de LC/FT/FPADM y otros ilícitos.

Para cumplir el marco legal enunciado y mitigar los distintos riesgos asociados a la LC/FT/FPADM, Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., lleva un proceso permanente de administración de tales riesgos a través de la formulación, adopción, implementación y desarrollo de un "Sistema Integral de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva" o (SIAR), que comprende las políticas, normas, procedimientos y medidas apropiadas, suficientes y eficaces, orientadas a identificar, medir, evaluar, monitorear y aplicar correctivos para reducir la posibilidad de que en la realización de cualquier operación en el Mercado de Valores, Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., sea utilizado como medio para ocultar el origen, propósito y destino de capitales ilícitos, o para desviar fondos de cualquier naturaleza hacia el financiamiento de grupos o actividades terroristas y la proliferación de armas de destrucción masiva.

El SIAR, conlleva un compromiso de todos los empleados hasta el personal de la más alta jerarquía y permite la aplicación de medidas apropiadas, suficientes y eficaces a través de políticas, normas y procedimientos que contribuyen a la prevención, control y detección de cualquier intento de legitimar capitales, financiar el terrorismo, así como también financiar la investigación, desarrollo y proliferación de armas de destrucción masiva.

La estructura del SIAR está conformada por la Junta Directiva, el Presidente, el Oficial de Cumplimiento de Administración de Riesgo de LC/FT/FPADM, la Unidad de Administración de Riesgo LC/FT/FPADM, los empleados designados como Responsables de Cumplimiento en todas las áreas identificadas como sensibles a los riesgos de LC/FT/FPADM y los Responsables de Primera Línea de Contacto.

La estructura del SIAR da fiel cumplimiento a lo establecido en las normas nacionales y estándares internacionales en materia de prevención, fiscalización y administración de riesgo de LC/FT/FPADM, aplicando las políticas y medidas de administración y fiscalización del riesgo correspondiente, por parte de todos los empleados y fuerza de venta en la prestación de servicios al inversor, aplicando la política "Conozca su Inversor" como guía principal en la materia a través de la Debida Diligencia del Inversor (DDI), y disponiendo además de herramientas tecnológicas que permitan identificar, mitigar y administrar el riesgo de que Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A sea utilizado como instrumento para LC/FT/FPADM, todo ello como parte de los procesos de cumplimiento que son revisados permanentemente por las unidades correspondientes.

Así mismo, como parte de las medidas implementadas en la materia se ha diseñado y establecido el Manual de Políticas, Normas y Procedimientos para la Administración del Riesgo de LC/FT/FPADM, el Plan Operativo Anual de AR LC/FT/FPADM y el Programa Anual de Formación y Capacitación de AR LC/FT/FPADM, como parte de los instrumentos para prevenir al riesgo derivado de los delitos de LC/FT/FPADM y otros ilícitos asociados a los mismos, que es ejecutado a cabalidad. Los instrumentos señalados son revisados y actualizados a fin de adecuarlos a los cambios normativos, a la evolución de las mejores prácticas internacionales u otros factores de riesgo y las normativas que regulan la materia.

¿Qué es la Legitimación de Capitales y cómo está sancionada en la Ley?

Se define a la Legitimación de Capitales como el proceso de esconder o dar apariencia de legalidad a capitales, bienes y haberes provenientes de actividades ilícitas (Art. 4.15 de la LOCDO/FT).

La Ley sanciona severamente (prisión entre 10 y 15 años, multa por el valor del incremento patrimonial obtenido ilícitamente y decomiso de los bienes o haberes objeto del delito), a quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o poseedor de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita. La misma pena aplica a quien por sí o por interpuesta persona: 1. Convierta, transfiera o traslade por cualquier medio bienes, capitales, haberes, beneficios o excedentes con el objeto de ocultar o encubrir el origen ilícito de los mismos o de ayudar a cualquier persona que participe en la comisión de tales delitos a eludir sus consecuencias jurídicas; 2. Oculte, encubra o simule la naturaleza, origen, ubicación, disposición, destino, movimiento o propiedad de bienes o del legítimo derecho de éstos; 3. Adquiera, posea o utilice bienes producto de algún delito; y 4. Resguarde, invierta, transforme, custodie o administre bienes o capitales provenientes de actividades ilícitas (Art. 35 de la LOCDO/FT).

Perjuicios de la Legitimación de Capitales para la Sociedad

La Legitimación de Capitales es un fenómeno de dimensiones internacionales que interfiere con el desarrollo de los países y genera consecuencias negativas que afectan a los diferentes sectores de la sociedad, principalmente en los aspectos sociales, políticos y económicos de las naciones, por cuanto debilita la escala de valores de cualquier sociedad, genera corrupción, favorece la existencia de condiciones desiguales en la competencia ante quienes honradamente desarrollan una actividad económica, deteriora la imagen internacional de los países, desestabiliza sus economías, e incide negativamente en la reputación de las instituciones afectadas, exponiéndolas tanto a ellas como a sus representantes, administradores y empleados a sanciones administrativas y penales. Debido a ello, surgió la necesidad de generar soluciones a través de políticas de Estado y el apoyo internacional sobre las medidas que contribuyan en los esfuerzos contra la Legitimación de Capitales.

¿Qué es la Delincuencia Organizada?

La Delincuencia Organizada se define como la acción u omisión de 3 ó más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en la LOCDO/FT y obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera Delincuencia Organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en la Ley (Art. 4.9 de la LOCDO/FT).

La Ley sanciona con prisión entre 6 y 10 años a quien forme parte de un grupo de Delincuencia Organizada por el solo hecho de la asociación (Art. 37 de la LOCDO/FT).

¿Qué es el Terrorismo?

Es aquel acto intencionado que por su naturaleza o su contexto, pueda perjudicar gravemente a un país o a una organización internacional tipificado como delito según el ordenamiento jurídico venezolano, cometido con el fin de intimidar gravemente a una población; obligar indebidamente a los gobiernos o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo; o desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas fundamentales, constitucionales, económicas o sociales de un país o de una organización internacional (Art. 4.1 de la LOCDO/FT).

La Ley sanciona con mucha severidad (prisión entre 25 y 30 años) al terrorista individual o a quienes asociados mediante una organización terrorista, realicen o traten de realizar uno o varios actos terroristas (Art. 52 de la LOCDO/FT).

¿Qué es el Financiamiento al Terrorismo?

El Financiamiento al Terrorismo es la acción de proporcionar, facilitar, resguardar, administrar, colectar o recabar fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, con el propósito de que éstos sean utilizados en su totalidad o en parte por un terrorista individual o por una organización terrorista, o para cometer uno o varios actos terroristas, aunque los fondos no hayan sido efectivamente utilizados o no se haya consumado el acto o los actos terroristas. La pena se aplicará independientemente de que los fondos sean utilizados por un terrorista individual o por una organización terrorista que opere en territorio extranjero o con independencia del país donde efectúe el acto terrorista, y la sanción prevista en la Ley para dicho delito es prisión entre 15 y 25 años (Art. 53 de la LOCDO/FT).

¿Qué es el Delito de Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva?

El Delito de Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y Otros Ilícitos es la acción de proveer recursos para el desarrollo de actividades vinculadas al Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (Art. 4.12 de la Providencia Nro.025 de fecha 17/03/25).

Administración de los riesgos que implican los Inversionistas APNFD

Las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), son aquellas personas naturales o jurídicas sensibles al riesgo de ser utilizadas como mecanismo para la LC/FT/FPADM, por cuanto están en contacto con flujos de fondos provenientes de capitales de inversión, público en general, servicios prestados, premios de apuestas, entre otras fuentes, además sus clientes pudieran en algunos casos tratar de mantener su anonimato. Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, C.A, implementa un enfoque basado en riesgo (EBR) para gestionar las transacciones de Inversionistas vinculados a Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), mediante las siguientes acciones clave: Identificación, clasificación y parametrización de estos. Verificación del origen y destino de los fondos, identificación de los beneficiarios finales y establecimiento de umbrales para alertas. Atención inmediata y especial a las transacciones que superan los umbrales definidos. Monitoreo permanente de las operaciones realizadas. Actualización periódica de datos y documentos proporcionados en función al nivel de riesgo. Capacitación regular a empleados sobre los procedimientos para aceptar y mantener relaciones comerciales con APNFD. Consulta de medios de comunicación y redes sociales para verificar información relevante del sector. Estas acciones refuerzan la administración del riesgo de LC/FT/FPADM asociados a las APNFD, garantizando el cumplimiento de las normativas vigentes.

¿Qué es el Beneficiario Final?

Se refiere a las personas naturales en cuyo nombre o beneficio se realiza una transacción, incluyendo a las que ejercen el control final sobre una persona jurídica, fideicomisos y otras estructuras jurídicas (Art. 4.5 de la Providencia Nro.025 de fecha 17/03/25).

Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., por su condición de Sujeto Obligado de la Providencia. Nro. 025 de la SUNAVAL y la LOCDO/FT, diseñó, estableció y aplica continuamente la Política Conozca su Inversor y la Debida Diligencia sobre los Inversores (DDI), al iniciar relaciones comerciales y actualizar datos de personas naturales y jurídicas, que permitan identificar el Beneficiario Final de las transacciones realizadas por el inversor, así como a la persona natural que en última instancia posee o controla la persona jurídica.

Política Conozca su Inversor:

Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., se esfuerza en proteger los intereses de sus inversores y a su vez salvaguarda su reputación como institución, en cumplimiento de la normativa legal existente en Venezuela en materia de Administración y Fiscalización del Riesgo de LC/FT/FPADM, con la aplicación de la Política Conozca su Inversor para la adecuada comprensión al momento de establecer la relación comercial con el Inversor, identificar plenamente al solicitante, verificar su identidad, datos aportados y determinar la actividad económica específica que genera los fondos a movilizar y sus líneas de negocios, así como el Perfil Financiero del inversor.

Política Debida Diligencia sobre el Inversor (DDI):

Dada la importancia del conocimiento del inversor, por medio de la política "Debida Diligencia Sobre el Inversor", se busca obtener en forma oportuna, veraz, transparente y completa, así como mantenerla actualizada en el tiempo, toda la información que corresponde aportar a las personas naturales y jurídicas para establecer y mantener la condición de inversor. Así mismo, de acuerdo con la sensibilidad y el nivel de riesgo que se tenga de cada inversor, Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., realiza un seguimiento continuo a las operaciones que se llevan a cabo a través de la Cuenta Corretaje de Inversión.

Registros de los Inversores:

Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A., establece registros individuales de cada uno de sus inversores mediante la "Ficha de Identificación del Inversionista", y demás formularios diseñados a objeto de registrar y mantener actualizada la información, determinar fehacientemente su identificación, mientras dure la vinculación comercial con el inversor, de igual forma identifica y verifica la información de los terceros intervinientes, miembros de la Junta Directiva, Accionistas y Beneficiarios Finales de las Personas Jurídicas.

Política Conozca su Proveedor:

Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, C.A, adopta seguras relaciones comerciales, financieras y de negocios con sus proveedores y a su vez salvaguarda su reputación como institución, en cumplimiento de la normativa legal existente en Venezuela en materia de Administración y Fiscalización del Riesgo de LC/FT/FPADM, con la aplicación de la Política Conozca su Proveedor para la adecuada comprensión al momento de establecer la relación comercial con el Proveedor, identificar plenamente al prestador de servicios, verificar su identidad y datos aportados, determinar la actividad económica específica y sus beneficiarios finales, así como el Perfil Financiero del Proveedor.

Política Debida Diligencia sobre el Proveedor (DDP):

Mediante la política "Debida Diligencia Sobre el Proveedor", se busca obtener y registrar en forma oportuna, veraz, transparente, completa, y actualizada anualmente, toda la información que corresponde aportar a las personas naturales y jurídicas para establecer y mantener la condición de Proveedor. Así mismo, de acuerdo con la sensibilidad y el nivel de riesgo que se tenga de cada Proveedor, Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, C.A, realiza una verificación y seguimiento continuo a las operaciones que se llevan a cabo con los Proveedores y la consulta en el documento constitutivo y las fuentes públicas disponibles de la información relativa al Proveedor tales como: actividad económica que realiza, principales clientes, identificación de los miembros de la junta directiva cuando se trate de personas jurídicas, permisos y certificaciones exigidas por el ordenamiento jurídico para su funcionamiento, etc.

Registros e Identificación de los Proveedores:

Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, C.A, establece registros individuales, revisiones y actualizaciones anuales de cada uno de sus Proveedores aplicando un enfoque basado en riesgo, para recabar, registrar y mantener actualizada la información, determinar fehacientemente su identificación y verificación, mientras dure la vinculación comercial con el Proveedor. Para la identificación del Proveedor Mercantil Utiliza las mismas reglas aplicadas al inversor en cuanto le sean aplicables.

Política Conozca su Empleado:

Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, C.A, dada la importancia que reviste la administración de riesgo de LC/FT/FPADM en el proceso de vinculación con los aspirantes a nuevo ingreso, lleva a cabo medidas de "Debida Diligencia" para el adecuado Conocimiento del Empleado al inicio de establecer la relación de trabajo con éste, todo ello bajo un enfoque basado en riesgo; razón por la cual ha implementado políticas, normas y procedimientos con el fin de identificar al empleado, verificar la información, los datos y las referencias de trabajos anteriores suministrados al momento de la entrevista. Programas de Capacitación de nuevos ingresos sobre el Código de Ética, políticas y procedimientos para asegurar su cumplimiento. Programa anual de capacitación acorde a las responsabilidades para prevenir y administrar riesgos. Recordar su obligación de reportar cualquier ingreso adicional o montos recibidos, de forma confidencial y por escrito. Vigilar aspectos como el endeudamiento, uso de vacaciones, cambios en estado civil y recepción de regalos para asegurar integridad en su conducta. Capacitar e instruir a supervisores sobre señales de cambios de comportamiento o nivel de vida. Monitoreo de depósitos en cuentas de empleados en función de sus ingresos declarados. Investigación de reportes de conductas inapropiadas en relación con el Código de Ética. Preservar la confidencialidad sobre la información de los empleados, revelándola solo según requerimiento legal o institucional y Cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables a la "Política Conozca su Empleado".

Información que deben aportar las personas naturales y jurídicas al momento de solicitar una Cuenta Corretaje de Inversión o actualizar datos en Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A.

  • Documento de Identidad (cédula de identidad legible y vigente para venezolanos, extranjeros residentes y transeúntes en el país, y pasaporte vigente para extranjeros no residentes en el país, indicando la fecha de vencimiento), nombres y apellidos.
  • Registro de Información Fiscal (RIF) vigente (indicando la fecha de vencimiento).
  • Lugar y fecha de nacimiento.
  • Nacionalidad u otra nacionalidad (informar si posee más de una nacionalidad).
  • Género, estado civil, nivel académico y profesión u oficio.
  • Domicilio y redes sociales.
  • Teléfonos y correo electrónico.
  • Datos del cónyuge (si aplica). Nombres y apellidos, documento de identidad (indicando la fecha de vencimiento), lugar y fecha de nacimiento, teléfono y fuente de ingresos.
  • Indicar si tiene la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP), nacional o extranjero, Entidad, cargo que desempeña, país y número de identificación del relacionado.
  • Apoderado o representante (si aplica). Nombres y apellidos, documento de identidad (indicando la fecha de vencimiento), lugar y fecha de nacimiento, teléfono y datos del poder o documento de representación.
  • Perfil Financiero del Inversionista. Actividad económica, categoría especial (si aplica) y actividad específica.
  • Fuente de ingresos del Inversionista, empleado, actividad independiente o negocio propio, jubilado/pensionado, ama de casa, estudiante, no empleado.
  • Datos del lugar del trabajo actual, empresa en la que labora (o laboró), RIF de la empresa, cargo, ingreso mensual, sector económico de la empresa, fecha de ingreso en la empresa, fecha fin en la empresa, dirección y correo electrónico de la empresa. Dirección laboral y otra fuente de ingresos.
  • En caso de negocio propio indicar nombre o razón social, RIF y ubicación de los principales proveedores y clientes.
  • Referencia bancaria.
  • Perfil Transaccional del Inversionista. Tipo de producto o servicio que desea (Renta Variable, Renta Fija y otros productos o servicios).
  • Cantidad de operaciones de compra y venta a realizar mensualmente.
  • Monto promedio de operaciones de compra y venta a realizar mensualmente.
  • Tipo de cuenta bursátil solicitada (nivel 1 o 2).
  • Motivos por los cuales solicita los servicios, origen de los fondos y destino de los fondos.
  • Instrucciones de pago. Cuenta bancaria Mercantil/Especial en moneda extranjera, Nro. de producto y moneda.
  • Cuestionario para establecer el perfil del inversionista.
  • Declaración Jurada del Inversionista (apoderado y cónyuge para el caso que aplique) declara que los datos suministrados son verdaderos y autoriza a Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa C.A. a verificar dicha información y que los fondos utilizados tienen origen y destino lícitos, según lo previsto y sancionado en el ordenamiento jurídico vigente en la República Bolivariana de Venezuela.
  • Lugar y Fecha.
  • Nombres, Apellidos y número de identificación del Inversionista (apoderado y cónyuge para el caso que aplique).
  • Firma y huella dactilar.

Personas Jurídicas

  • Razón social, nombre comercial de la empresa y número de Registro de Información Fiscal (RIF) vigente (indicando la fecha de vencimiento).
  • Actividad económica, categoría especial (si aplica), actividad específica, Registro Nacional de Contratistas (RCN), sector público o privado.
  • Datos del registro Constitutivo y su última modificación (Gaceta Oficial en el caso de Entes Públicos).
  • Domicilio y redes sociales.
  • Teléfonos y correo electrónico.
  • Tipo de empresa (selección del tipo de Empresa).
  • Información económico-financiera de la empresa.
  • Identificación (nombres, apellidos, documento de identidad, porcentaje accionario y cargo) de Accionistas, Junta Directiva, Beneficiario Final. Indicar si alguno es PEP o está relacionado a un PEP.
  • Existe alguna persona natural miembro de su Junta Directiva o Accionista, con la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP), Entidad, cargo que desempeña, país y número de identificación del PEP.
  • Perfil financiero. Número de subsidiarias / oficinas, países con mayor presencia, número de empleados, ventas mensuales, forma de recepción de los fondos, ingresos mensuales, egresos mensuales, última declaración ISLR, año y monto del último impuesto declarado / pagado.
  • Indicar nombre o razón social, RIF y ubicación de los principales proveedores y clientes.
  • Identificación de empresas relacionadas nacionales y extranjeras (nombre o razón social, país de constitución, actividad económica, RIF, teléfono).
  • Referencias Bancarias.
  • Información del Producto o Servicio Bursátil (Perfil Transaccional). Tipo de producto o servicio que desea (Renta Variable, Renta Fija y otros productos o servicios).
  • Cantidad de operaciones de compra y venta a realizar mensualmente.
  • Monto promedio de operaciones de compra y venta a realizar mensualmente.
  • Monto de la operación inicial, tipo de transacción, objetivo de la inversión, horizonte de inversión.
  • Origen y destino de los fondos a invertir (motivos por los cuales solicita los servicios).
  • Instrucciones de pago. Cuenta bancaria Mercantil/Especial en moneda extranjera, Nro. de producto y moneda.
  • Perfil de la empresa inversionista (tipo A / tipo B).
  • Declaración Jurada del Inversionista (representante o apoderado) declara que los datos suministrados son verdaderos y autoriza a Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa C.A. a verificar dicha información y que los fondos utilizados tienen origen y destino lícitos, según lo previsto y sancionado en el ordenamiento jurídico vigente en la República Bolivariana de Venezuela.
  • Lugar y Fecha.
  • Nombres, Apellidos y número de identificación del Inversionista (Accionista, Junta Directiva, Beneficiario Final, Apoderado o Representantes Legales).
  • Firma y huella dactilar.

De la Negativa de Prestar el Servicio:

Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa C.A podrá negar el servicio o producto solicitado cuando se detecte o exista sospecha de falsedad, contradicción o incongruencias en la información aportada durante la entrevista o en el proceso de actualización de datos, o cuando exista riesgo de que se puedan cometer los delitos de LC/FT/FPADM y Otros Ilícitos.

Igualmente se podrá negar la prestación del servicio solicitado, cuando exista indicio o presunción de que la operación de que se trate pudiese estar relacionada con los delitos de LC/FT/FPADM y Otros Ilícitos, lo cual se informará de manera inmediata a la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF). (Art. 95 de la Providencia Nro.025 de fecha 17/03/25).

Personas Expuestas Políticamente (PEP`S), Nacionales y Extranjeros:

Persona Expuesta Políticamente (PEP): Es una persona natural que es o fue figura política de alto nivel, de confianza o afines, o sus familiares más cercanos o su círculo de colaboradores inmediatos, por ocupar cargos como funcionario importante de un órgano ejecutivo, legislativo, judicial o militar de un gobierno nacional o extranjero, elegido o no, un miembro de alto nivel de un partido político nacional o extranjero o un ejecutivo de alto nivel de una corporación, que sea propiedad de un gobierno extranjero. En el concepto de familiares cercanos se incluye a los padres, hermanos, cónyuges, hijos o parientes políticos de la persona expuesta políticamente. También se incluye en esta categoría a cualquier persona jurídica que como corporación, negocio u otra entidad que haya sido creada por dicho funcionario o funcionaria en su beneficio. (Art. 4.29 de la LOCDO/FT).

Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, C.A. por su condición de Sujeto Obligado de la Providencia. Nro. 025 de la SUNAVAL y la LOCDO/FT, diseñó, estableció y aplica continuamente procedimientos de Debida Diligencia Intensificada al constituir o mantener relaciones comerciales con personas naturales que estén calificadas como PEP, así como con aquellos inversores que por circunstancias sobrevenidas adquieran la condición de PEP. En tal sentido, se establecen procedimientos para la aprobación del inicio o de la continuidad de la relación comercial con una PEP y la actualización de la documentación de los mismos.

Igualmente se tienen dispuestas medidas de Administración del Riesgo de LC/FT/FPADM que pudiera derivarse de operaciones realizadas por los Inversores que tengan la condición de PEP, sus familiares o círculo de asociados o colaboradores, por lo que además de identificarse y verificarse, la aprobación del inicio o continuidad de la relación comercial se somete a la consideración de empleados con el nivel gerencial requerido designados a tales propósitos por la Junta Directiva, llevando a cabo también, siempre con un enfoque basado en riesgo, el seguimiento de sus operaciones y la determinación del origen y destino de los fondos utilizados para realizarlas, de manera de identificar oportunamente operaciones inusuales o sospechosas o no acordes con su Perfil Financiero y Perfil Transaccional, entre otros aspectos.

Obligaciones de Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A.

Conforme a las listas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) y la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT), sobre las personas o entidades presuntamente vinculadas con el terrorismo, la proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento.

Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, está en la obligación de efectuar la revisión de las listas elaboradas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) contempladas en las Resoluciones Nros. 1267, 1373, 1988, 1989, 1718, 1730, 2253 y todas aquellas que se emitan a futuro, así como aquellas emitidas por la ONCDOFT, que contemplen a personas naturales o jurídicas presuntamente vinculadas con el terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento.

Si se llegare a determinar alguna coincidencia fonética o de escritura con los nombres y apellidos, así como también con los números de identificación (cédula de identidad o pasaporte), fecha de nacimiento o algún otro dato de interés, se realizará inmediatamente (en un lapso no mayor de 24 horas) un bloqueo preventivo de los fondos, instrumentos financieros u otros activos del cliente que corresponda.

Dicha medida se notificará con la misma celeridad a la UNIF y la ONCDOFT a fin de que efectúen la revisión intensiva del caso y ratifiquen el bloqueo preventivo de haber lugar a ello.

Cuando la SUNAVAL reciba el dictamen de los órganos competentes respecto a la ratificación o no de la medida de bloqueo preventivo de fondos o activos, informará oportunamente a Mercantil Merinvest Casa de Bolsa, C.A. sobre la vigencia o no de la citada medida. En todo caso, la oficina nacional con competencia en materia contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo notificará oportunamente a la persona sobre el acto administrativo.

¿Cómo los inversores y accionistas pueden evitar ser sorprendidos en su buena fe y utilizados por terceros en operaciones que puedan vincularse con la LC/FT/FPADM, así como prevenir fraudes y estafas?

  • Impidiendo que terceras personas utilicen su Cuenta Corretaje de Inversión, para realizar inversiones que le son exclusivas a ellas, o efectúen inversiones con fondos cuya procedencia u origen se desconoce, y en el caso de que ello eventualmente ocurra, notificándolo inmediatamente a Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A.
  • Manteniendo a buen resguardo su documento de identidad, de manera que terceras personas no estén en posibilidad de usurpar su identidad.
  • Suministrando la información y toda la documentación exigida por Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A. durante el proceso solicitud de la Cuenta Corretaje de Inversión.
  • Actualizando oportunamente sus datos cuando sea solicitado por el Mercantil Merinvest, Casa de Bolsa, C.A. o al ocurrir algún cambio en la información aportada.